Micelio

decreto 1337 de 1951

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Artículo 1

Artículo primero. Suprímense los siguientes cargos, creados por Decreto número 1579 de 1950, en la Zona de Carreteras Nacionales de Neiva

a)

Inspector de Zona, dependiente de la Dirección, cargo que venía desempeñando el señor Santiago Rojas B.;

b)

Administrador-Barca, dependiente de la Dirección, cargo que venía desempeñando el señor Luis María Tello Romero;

c)

Mecanógrafa, dependiente de la Caja;

d)

Ayudante Contador, dependiente de la Contabilidad y Estadística, cargo que venía desempeñando la señorita Beatriz Calderón;

e)

Mecanógrafo, dependiente de la Contabilidad y Estadística, cargo que venía desempeñando el señor Jorge Perdomo

f)

Médico-Ayudante, dependiente de la Sanidad, cargó que venía desempeñando el doctor Rafael Silva Gamboa; y

g)

Oficial de Sanidad, dependiente de la Sanidad.

Artículo 2

Artículo segundo. Hácense los siguientes nombramientos. en la Zona de Carreteras Nacionales de Neiva

a)

Inspector de Zona, dependiente de la Dirección, al señor Carlos Tamayo, en reemplazo de Víctor F- Ramírez Serrano, cuyo nombramiento se declara insubsistente;

b)

Inspector de Zona, dependiente de la Dirección al señor Alfonso Navia, en reemplazo de Manuel M. Ruiz L., cuyo nombramiento se declara insubsistente, y

c)

Jefe de Personal y Kárdex, dependiente de la Contabilidad y Estadística, al señor Rubén Darío Díaz, en reemplazo de Jaime Andrade, cuyo nombramiento se declara insubsistente.

Artículo 3

Artículo tercero. Los Inspectores de Zona nombrados por el presente artículo, deben constituir previamente la fianza que les señale la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
EL Ministro de Obras Públicas