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decreto 1023 de 2004

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Comunicaciones presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios técnicos de que trata el artículo 41 de la Ley 443 de 1998 y los artículos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar la planta de personal, encontrán

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio de Comunicaciones presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios técnicos de que trata el artículo 41 de la Ley 443 de 1998 y los artículos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar la planta de personal, encontrándolos ajustados técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable;

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó certificado de viabilidad presupuestal;

Artículo 1Suprímense Los Siguientes Cargos Vacantes De La Planta De Personal Del Ministerio De Comunicaciones: N° De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado Despacho Del Ministro (1) Uno Secretario Ejecutivo Del Despacho Del Ministro 5230 24 Planta Global (1) Uno Asesor 1020 13

°. Suprímense los siguientes cargos vacantes de la planta de personal del Ministerio de Comunicaciones: N° de cargos Denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO (1) Uno Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro 5230 24 PLANTA GLOBAL (1) Uno Asesor 1020 13

Artículo 2Créanse En La Planta De Personal Del Despacho Del Viceministro De Comunicaciones Los Siguientes Cargos: N° De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado Despacho Del Viceministro (1) Uno Asesor 1020 13 (1) Uno Secretario Ejecutivo Del Despacho Del Viceministro 5240 23

°. Créanse en la planta de personal del despacho del Viceministro de Comunicaciones los siguientes cargos: N° de cargos Denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL VICEMINISTRO (1) Uno Asesor 1020 13 (1) Uno Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 23

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Modifica El Decreto 1621 De Junio 13 De 2003

°. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica el Decreto 1621 de junio 13 de 2003.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Comunicaciones
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública