Micelio

decreto 572 de 1969

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3 del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, :a partir del 1 de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos de funcionamiento, e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y l

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3 del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, :a partir del 1 de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos de funcionamiento, e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa;

Que por medio de las correspondientes resoluciones ejecutivas, el Gobierno Nacional declaró sobrantes y disponibles las sumas necesarias en los presupuestos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de ajustar los programas y las apropiaciones a la reforma administrativa autorizada por la Ley 65 de 1967;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad requeridos para amparar las operaciones presupuéstales de que se trata, de los cuales se utilizan $ 11.796.090.00, en el presente Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Funcionamiento Departamento Administrativo Nacional De Estadistica Capitulo 021 Departamento Administrativo Nacional De Estadística Programa 042 Recolección De Datos Servicios Personales 102, 115, 127

°. Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de Funcionamiento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA CAPITULO 021 Departamento Administrativo Nacional de Estadística Programa 042 Recolección de Datos Servicios personales 102, 115, 127. Artículo 0208. Subsidio de Transporte $ 13.440 Programa 043 Recolección y Evaluación de Estadísticas Económico-Financieras Servicios personales 101, 115, 103. Artículo 0211. Sueldos del personal de nómina 1.400.200 102, 115, 117. Artículo 0212. Prima de Navidad 143.350 102, 115, 127. Artículo 0213. Subsidio de Transporte 1.200 Gastos generales 106, 115, 205. Artículo 0214. Viáticos y gastos de viaje 81.850 106, 115, 211. Artículo 0215. Materiales y suministros 15.000 Programa 045 Censos Servicios personales 101, 115, 103. Artículo 0219. Sueldos del personal de nómina 2.647.640 102, 115, 117. Artículo 0220. Prima de Navidad 268.970 102, 115, 127. Artículo 0221. Subsidio de Transporte 2.400 Gastos generales 106, 115, 205. Artículo 0222. Viáticos y gastos de viaje 1.895.000 106, 115, 211. Artículo 0223. Materiales y suministros 90.000 Programa 046 Información y Publicaciones Servicios personales 101, 115, 103. Artículo 0224. Sueldos del personal de nómina 418.950 102, 115, 117. Artículo 0225. Prima de Navidad 46.550 102, 115, 127. Artículo 0226. Subsidio de Transporte 400 Gastos generales 106, 115, 211. Artículo 0227. Materiales y suministros 340.060 106, 115, 213. Artículo 0228. Impresos y publicaciones 170.000 Programa 048 Servicios generales Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 0234. Sueldos del personal de nómina 668.280 102, 111, 117. Artículo 0235. Prima de Navidad 73.190 102, 111, 127. Artículo 0236. Subsidio de Transporte 200 Gastos generales 105, 111, 201. Artículo 0237. Mantenimiento y aseguros 166.000 105, 111, 203. Articuló 0238. Compra de equipo 285.000 106, 111, 207. Artículo 0239. Servicios de comunicaciones 395.000 106, 111, 209. Artículo 0240. Servicios públicos 66.800 106, 111, 211. Artículo 0241. Materiales y suministros 25.000 106, 111, 215. Artículo 0242. Arrendamientos 378.000 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 141 Gabinete Programa 169 Servicios Administrativos Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 1506. Reforma Administrativa 2.198.610 Suman los contracréditos $ 11.798.09.00

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Funcionamiento Departamento Administrativo Nacional De Estadistica Capitulo 021 Departamento Administrativo Nacional De Estadística Programa 041 Administración Superior Unidades Ejecutoras: Jefatura Del Departamento, Secretaría General (División Administrativa, Personal Y Servicios Generales), Y Oficina De Planeación Servicios Personales 101, 111, 103

°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de Funcionamiento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA CAPITULO 021 Departamento Administrativo Nacional de Estadística Programa 041 Administración Superior Unidades Ejecutoras: Jefatura del Departamento, Secretaría General (División Administrativa, Personal y Servicios Generales), y Oficina de Planeación Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 0201. Sueldos del personal de nómina 1.354.500 101, 111, 105. Artículo 0202. Gastos de representación 41.400 102, 111, 117. Artículo 0203. Prima de Navidad 172.450 102, 111, 127. Artículo 0203-A. Subsidio de Transporte 11.880 Gastos generales 105, 111, 201. Artículo 0203-B. Mantenimiento y aseguros 166.000 105, 111, 203. Artículo 0203-C. Compra de equipo 285.000 106, 111, 205. Artículo 0203-D. Viáticos y gastos de viaje 81.850 106, 111, 207. Artículo 0203-E. Servicios de comunicaciones 395.000 106, 111, 209. Artículo 0203-F. Servicios públicos 66.800 106, 111, 211. Artículo 0204. Materiales y suministros 25.000 106, 111, 215. Artículo 0205. Arrendamientos 462.000 Programa 042 Información Técnica Unidad Ejecutora: Dirección General de Información Técnica Servicios personales 101, 115, 103. Artículo 0206. Sueldos del personal de nómina 3.314.080 102, 115, 117. Artículo 0207. Prima de Navidad 456.293 Gastos generales 106, 115, 205. Artículo 0209. Viáticos y gastos de viaje 1.895.000 106, 115, 211. Artículo 0210. Materiales y suministros 340.060 106, 115, 213. Artículo 0210-A. Impresos y publicaciones 170.000 Programa 044 Análisis Socio-Económicos Unidad Ejecutora: Dirección General de Análisis Socio-Económico Servicios personales 101, 115, 103. Artículo 0216. Sueldos del personal de nómina 881.820 102, 115, 117. Artículo 0217. Prima de Navidad 122.480 Gastos generales 106, 115, 211. Artículo 0218. Materiales y suministros 105.000 Programa 047 Procesamiento de Datos Unidad Ejecutora: Dirección General de Procesamiento de Datos Servicios personales 101, 115, 103. Artículo 0229. Sueldos del personal de nómina 1.282.269 102, 115, 117. Artículo 0230. Prima de Navidad 167.220 Suman los créditos $ 11.796.090

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público