Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1964, Con La Cantidad De Cuatrocientos Cuarenta Y Un Millones Doscientos Ochenta Mil Quince Pesos Con Treinta Y Cinco Centavos ($441
°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1964, con la cantidad de cuatrocientos cuarenta y un millones doscientos ochenta mil quince pesos con treinta y cinco centavos ($441.280.015.35), que con base en los Certificados de Disponibilidad números 22, 33 y 45 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales:
Artículo 2Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1964, Por Un Total De $ 57
°. Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1964, por un total de $ 57.684.089, con base en el Certificado número 45 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República.
Artículo 3Con Base En Los Recursos De Que Tratan Los Artículos Anteriores, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1964
°. Con base en los recursos de que tratan los artículos anteriores, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1964.
Artículo 4El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.