Artículo 1º
º. El Comité de Seguimiento del Plan de Acción para el Departamento de Norte de Santander estará conformada así
El Gobernador de Norte de Santander, o su delegado, el Secretario de Planeación;
El Alcalde de Cúcuta, o su delegado, el jefe de la Oficina de Planeación;
El Director Ejecutivo de la Camará de Comercio de Cúcuta, en representación del sector privado del departamento;
El Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, o su delegado personal;
El jefe de la Unidad de Planeación Regional y Urbana del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado;
El Director del Consejo Regional de Planificación Económica y Social de Centro Oriente -Corpes Centro Oriente-
Artículo 2º
º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. ERNESTO SAMPER PIZANO Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a 23 de noviembre de 1995. El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Manuel Turbay Marulanda.