en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política Desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
Artículo 1º Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Cuba, El Cargo De Auxiliar Administrativo, Grado 3 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Mil Dos Cientos Noventa Y Tres Con 17/100 (Us$1
º Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Cuba, el cargo de Auxiliar Administrativo, Grado 3 PA, con una asignación básica mensual de mil dos cientos noventa y tres con 17/100 (US$1.293.17), cargo actualmente mediante Decreto 492 de marzo 3 de 1994.
Artículo 2º
º . Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Cuba, el Cargo de Auxiliar Administrativo, Grado 3 PA, con a una asignación básica mensual de mil doscientos noventa y tres dólares con 17/100 (US$1.293.17), cargo actualmente vacante creado Decreto 492 de marzo 3 de 1994.
Artículo 3º Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Cuba, Cuatro (4) Cargos De Auxiliar Administrativo, Grado 1 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Seiscientos Sesenta Y Nueve Dólares Con 67/100 (Us$669
º Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Cuba, cuatro (4) cargos de Auxiliar Administrativo, Grado 1 PA, con una asignación básica mensual de seiscientos sesenta y nueve dólares con 67/100 (US$669.67), cada uno.
Artículo 4º Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 1º de agosto de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio. El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.