Micelio

decreto 572 de 1930

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Artículo 1Decláranse Terminadas Las Funciones De La Comisión Nombrada Por Decreto Número 874 De 1929, Y Compuesta Por Los Señores Gobernador De Antioquia, Comandante De La 4ª

° Decláranse terminadas las funciones de la comisión nombrada por decreto número 874 de 1929, y compuesta por los señores Gobernador de Antioquia, Comandante de la 4ª. División y doctor Carlos E. Restrepo, para la organización de los festejos y ejecución de los trabajos que deben llevarse a cabo en las poblaciones de Ríonegro y Concepción, y adscríbense dichas funciones a la Gobernación del Departamento de Antioquia.

Artículo 2Los Fondos En Poder Del Tesorero De Dicha Comisión Serán Consignados A La Orden De La Gobernación Del Departamento De Antioquia, En La Administración De Hacienda Nacional De Medellín

° Los fondos en poder del Tesorero de dicha comisión serán consignados a la orden de la Gobernación del Departamento de Antioquia, en la Administración de Hacienda Nacional de Medellín.

Artículo 3El Tesorero De La Comisión Rendirá Sus Cuentas A La Contraloría Hasta El Día De La Entrega, Y De Ahí En Adelante Lo Hará La Administración De Hacienda De Medellín

° El Tesorero de la Comisión rendirá sus cuentas a la Contraloría hasta el día de la entrega, y de ahí en adelante lo hará la Administración de Hacienda de Medellín. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra