Micelio

decreto 717 de 1985

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Modifícase El Artículo 1° Del Decreto 506 Del 22 De Febrero De 1985 En El Sentido De Que El Nombre Del Primer Suplente En La Junta Directiva Del Pondo Ganadero De Sucre, A Que Se Refiere El Literal B), Es El De César Otero Dajud Y No Como Allí Se Dice

°. Modifícase el artículo 1° del Decreto 506 del 22 de febrero de 1985 en el sentido de que el nombre del Primer Suplente en la Junta Directiva del Pondo Ganadero de Sucre, a que se refiere el literal b), es el de César Otero Dajud y no como allí se dice.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura