El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 4° del Decreto 2218 de 1950
Artículo 1Suprimense En La Administración De Aduanas Hacienda Nacional De San Andrés (Islas), Dos Cargos De Guardas De La Policía Fiscal, Creados Por El Decreto Número 2173 Del 11 De Agosto Del Año En Curso, Los Cuales Tienen Una Asignación (Le $ 31)0
° Suprimense en la Administración de Aduanas Hacienda Nacional de San Andrés (Islas), dos cargos de Guardas de la Policía Fiscal, creados por el Decreto número 2173 del 11 de agosto del año en curso, los cuales tienen una asignación (le $ 31)0.00 mensuales cada uno.
Artículo 2Créase En La Administración De Aduana Y Hacienda Nacional De San Andrés (Islas), El Cargo De Auxiliar 4° Almacenista General, Con Una Asignación De $ 400
° Créase en la Administración de Aduana y Hacienda Nacional de San Andrés (Islas), el cargo de Auxiliar 4° Almacenista General, con una asignación de $ 400.00 mensuales.
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
Manuel Archila Monroyencargado