Micelio

decreto 2436 de 1983

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero . Adiciónase el Decreto 2395 de agosto 20 de 1983 en el sentido de modificar los niveles de Certificado de Abono Tributario para los productos a los cuales se asigna los porcentajes de CAT detallados a continuación, de acuerdo con su respectiva posición arancelaria. 09.10.89.03 20% 11.01.89.01 15% 12.07.00.99 5% 17.01.01.01 10% 17.04 20% 19.02.89.99 20% 27.06.00.00 5%' 44.28.00.04 20% 49.01.89.00 20% 55.02.00.00 20% 83.03.01.00 20%

Artículo 2

Artículo segundo . El presente Decreto rige a partir del 1º de enero de 1984. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Desarrollo Económico