El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Créase el puesto de Ingeniero Ayudante de sostenimiento del ferrocarril del Sur, con la asignación de $150 mensuales, y nómbrase para desempeñarlo al señor Hernán Cuéllar W. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas