Artículo 1Hácese La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1972: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Salud Pública Capítulo 231 Ministerio De Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Transferencias 203, 111, 411
° Hácese la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1972: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Salud Pública Capítulo 231 Ministerio de Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Transferencias 203, 111, 411. Artículo 2320. Para programa de emergencias sanitarias $ 3.000.000.00 Que se distribuye parcialmente así: Ordinal 12. Hospital Mental de Armero (Tolima) $ 100.000.00 Total $ 100.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público