Micelio

decreto 150 de 1925

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Artículo 1Todos Los Útiles Y Material De Enseñanza De La Facultad De Ciencias Naturales Se Destinan Para Uso De La Facultad De Medicina

° Todos los útiles y material de enseñanza de la Facultad de Ciencias Naturales se destinan para uso de la Facultad de Medicina.

Artículo 2Teniendo En Cuenta Que Casi Desde La Fundación De La Facultad De Ciencias Naturales, Ha Actuado Como Rector De Ésta El De La Facultad De Medicina, Con Secretarios Distintos Para Ambas, El Secretario De La De Ciencias Naturales Entregará Al Secretario De La De Medicina, Bajo Riguroso Inventario, Todos Los Útiles Y Elementos De Enseñanza Que Estaban Bajo Su Responsabilidad Y Cuidado

° Teniendo en cuenta que casi desde la fundación de la Facultad de Ciencias Naturales, ha actuado como Rector de ésta el de la Facultad de Medicina, con Secretarios distintos para ambas, el Secretario de la de Ciencias Naturales entregará al Secretario de la de Medicina, bajo riguroso inventario, todos los útiles y elementos de enseñanza que estaban bajo su responsabilidad y cuidado. Copia de este inventario, firmado por ambos Secretarios, y aprobado por el Rector de la Facultad de Medicina, encargado del Rectorado de la de Ciencias Naturales, será enviada al Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas.

Artículo 3Los Saldos De Dinero Provenientes De Las Rentas Particulares De La Facultad De Ciencias Naturales, Serán Entregados Al Secretario Tesorero De La De Medicina, Para Que Sean Incorporados Por El Consejo Directivo De Esta Última En El Presupuesto Interno De La Facultad

° Los saldos de dinero provenientes de las rentas particulares de la Facultad de Ciencias Naturales, serán entregados al Secretario Tesorero de la de Medicina, para que sean incorporados por el Consejo Directivo de esta última en el presupuesto interno de la Facultad.

Artículo 4Volverán A Formar Parte Del Plan De Estudios De La Facultad De Medicina, Los Recursos De Química General, Botánica General Y Zoología General, Que Estaban Adscritos Al Primer Año De Estudios De La Facultad De Ciencias Naturales, De Suerte Que El Primer Año De Estudios De La Facultad De Medicina, Volverá A Ser El Indicado En El Artículo 110 Del Reglamento Orgánico De La Facultad

° Volverán a formar parte del plan de estudios de la Facultad de Medicina, los recursos de Química general, Botánica general y Zoología general, que estaban adscritos al primer año de estudios de la Facultad de Ciencias Naturales, de suerte que el primer año de estudios de la Facultad de Medicina, volverá a ser el indicado en el artículo 110 del Reglamento orgánico de la Facultad. (Decreto número 1438 de 1921). Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas