Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975
° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975. AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 34357 (TABLA D PRESUPUESTO) PÁG. 4.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público