En uso de sus facultades constitucionales, y CONSIDERANDO: 1. ° Que por el Decreto número 152, de 7 de Febrero del presente año, se adscribieron á los Departamentos, entre otros, los gastos de "Personal y material de la Instrucción Pública primaria y la secundaria departamental, con excepción de las Escuelas Nórmales
Considerando · 1 motivo
Que por el Decreto número 152, de 7 de Febrero del presente año, se adscribieron á los Departamentos, entre otros, los gastos de "Personal y material de la Instrucción Pública primaria y la secundaria departamental, con excepción de las Escuelas Nórmales; " 2.Que, en consecuencia, se eliminaron del Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1903 y 1904, las partidas para tales gastos, y 3.Que, según el mismo Decreto, la Nación pagará tal servicio correspondiente á Enero y Febrero;
Artículo 1
Artículo único. Destinase la suma de ciento cuarenta y seis mil ochocientos pesos ($ 146,800) para pagar los gastos de la Instrucción primaria y la secundaria departamental, correspondientes á Enero y Febrero del presente año, la cual se descompone así: Para los nueve Secretarios de Instrucción Pública, á $ 1.800 mensuales cada uno $ 32,400 Para los diez y ocho Escribientes de las Secretarias, á $ 400 mensuales cada uno 14.400 Para los Inspectores escolares 100.000 Suma $ 146.800
Esta partida se considerará incluida en el Presupuesto de la vigencia en curso.