Micelio

decreto 3119 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero. Transitoriamente y a partir de la fecha de este Decreto, los elementos que constituyen el Instituto de Investigación y Diagnóstico del Ministerio de Agricultura y Ganadería, se trasladan al Instituto Nacional de Higiene Samper Martínez, al cual se adscriben las funciones que cumplía el Instituto de Investigación y Diagnóstico.

Artículo 2

Artículo segundo. Por decretos especiales se proveerá al traslado de las partidas presupuéstales correspondientes, y a la organización del personal, que requieran las nuevas actividades adscritas al Instituto Nacional de Higiene Samper Martínez. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro de Higiene