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decreto 1845 de 2012

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y artículo 115 de la ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades pueden crear en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de desarrollar programas o proyectos de duración determinada

Considerando · 4 motivos

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades pueden crear en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de desarrollar programas o proyectos de duración determinada;

Que el Departamento Nacional de Planeación contempló la creación de quince (15) empleos temporales para el apoyo al proceso de direccionamiento estratégico en relación con la nueva apuesta territorial de la entidad y las nuevas funciones que le son asignadas en el marco del Sistema General de Regalías;

Que el Departamento Nacional de Planeación presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 95 al 97 del Decreto número 1227 de 2005, para la creación de la planta de personal temporal o transitoria necesaria para el fortalecimiento de las políticas orientadas a un enfoque regional, encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo en consecuencia concepto favorable por este Departamento Administrativo;

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el concepto favorable.

Artículo 1Créanse En La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Departamento Nacional De Planeación, Los Siguientes Empleos Temporales, Hasta El 30 De Junio De 2015, Así: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Despacho Del Subdirector Territorial Y De Inversión Pública 6 (Seis) Asesor 1020 13 7 (Siete) Asesor 1020 11 Planta Global 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 18

°. Créanse en la Planta de personal de empleados públicos del Departamento Nacional de Planeación, los siguientes empleos temporales, hasta el 30 de junio de 2015, así: N° DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DESPACHO DEL SUBDIRECTOR TERRITORIAL Y DE INVERSIÓN PÚBLICA 6 (Seis) Asesor 1020 13 7 (Siete) Asesor 1020 11 PLANTA GLOBAL 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 18

Artículo 2Los Empleos Temporales Creados En El Presente Decreto Deberán Dirigirse Al Cumplimiento De Las Funciones Que Dieron Lugar A La Creación De Los Mismos, De Conformidad Con Lo Señalado En La Ley 909 De 2004 Y El Decreto Reglamentario Número 1227 De 2005 Y Demás Disposiciones Que Le Modifiquen, Adicionen O Sustituyan

°. Los empleos temporales creados en el presente decreto deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario número 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 3La Provisión De Los Empleos De Carácter Temporal Se Efectuará De Conformidad Con Lo Preceptuado En Los Artículos 3° Y 4° Del Decreto Número 1227 De 2005

°. La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo preceptuado en los artículos 3° y 4° del Decreto número 1227 de 2005.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y artículo 115 de la ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Nacional de Planeación
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública