en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el literal j) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, y CONSIDERANDO: Que como consecuencia de la supresión del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) se trasladaron funciones a la Fiscalía General de la Nación, para lo cual se deben crear los empleos necesarios en la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación que le permitan asumir las funciones y cargas de trabajo que recibe. Que la Fiscalía General de la Nación elaboró la justificación técn
Considerando · 3 motivos
Que como consecuencia de la supresión del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) se trasladaron funciones a la Fiscalía General de la Nación, para lo cual se deben crear los empleos necesarios en la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación que le permitan asumir las funciones y cargas de trabajo que recibe.
Que la Fiscalía General de la Nación elaboró la justificación técnica en la cual se determinaron las necesidades en materia de personal para atender las funciones trasladadas.
Que la Fiscalía General de la Nación cuenta con disponibilidad presupuestal para modificar la planta de personal.
Artículo 1
°. Modifícase la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación, creando los siguientes cargos de carácter permanente: N° de Cargos Denominación del Empleo PLANTA GLOBAL 165 (ciento sesenta y cinco) Agente de Seguridad I 78 (setenta y ocho) Agente de Seguridad II 21 (veintiuno) Agente de Seguridad III 7 (siete) Agente de Seguridad IV 808 (ochocientos ocho) Asistente de Investigación Criminalística IV 566 (quinientos sesenta y seis) Asistente de Investigación Criminalística V 53 (cincuenta y tres) Auxiliar Administrativo II 26 (veintiséis) Auxiliar Administrativo III 8 (ocho) Auxiliar Administrativo IV 84 (ochenta y cuatro) Auxiliar de Servicios Generales III 30 (treinta) Auxiliar de Servicios Generales IV 10 (diez) Auxiliar de Servicios Generales V 110 (ciento diez) Conductor III 21 (veintiuno) Conductor IV 8 (ocho) Conductor V 17 (diecisiete) Escolta I 337 (trescientos treinta y siete) Investigador Criminalístico I 153 (ciento cincuenta y tres) Investigador Criminalístico II 44 (cuarenta y cuatro) Investigador Criminalístico IV 53 (cincuenta y tres) Investigador Criminalístico VI 17 (diecisiete) Investigador Criminalístico VII 6 (seis) Investigador Criminalístico VIII 29 (veintinueve) Investigador Profesional I 6 (seis) Investigador Profesional II 18 (dieciocho) Investigador Profesional III 5 (cinco) Investigador Profesional IV 3 (tres) Investigador Profesional V 4 (cuatro) Investigador Profesional VI 28 (veintiocho) Profesional Administrativo I 11 (once) Profesional Administrativo II 9 (nueve) Profesional Especializado I 10 (diez) Profesional Universitario I 9 (nueve) Profesional Universitario II 4 (cuatro) Profesional Universitario III 1 (uno) Secretario Ejecutivo II 79 (setenta y nueve) Secretario I 168 (ciento sesenta y ocho) Secretario II 13 (trece) Secretario III 6 (seis) Secretario IV 101 (ciento uno) Técnico Administrativo I 36 (treinta y seis) Técnico Administrativo II 41 (cuarenta y uno) Técnico Administrativo IV 15 (quince) Técnico Administrativo V
Artículo 2
°. La Fiscalía General de la Nación proveerá los empleos creados en el presente decreto, mediante la incorporación directa de los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) necesarios para atender las funciones y cargas de trabajo trasladadas a la Fiscalía, según justificación técnica presentada por la Fiscalía General de la Nación. Lo dispuesto en el presente decreto no afecta el número de cargos ofertados y requisitos exigidos en las convocatorias vigentes para la provisión de empleos de carrera en la Fiscalía General de la Nación.
Artículo 3
°. El Fiscal General de la Nación distribuirá mediante acto administrativo, los empleos de la planta de personal global creados por el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna de la entidad y las necesidades del servicio.
Artículo 4
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.