en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que en su segundo período de sesiones la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó la Resolución número 162 por la cual invitó a los Estados Miembros a cooperar en la celebración del Día de las Naciones Unidas
Considerando · 2 motivos
Que en su segundo período de sesiones la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó la Resolución número 162 por la cual invitó a los Estados Miembros a cooperar en la celebración del Día de las Naciones Unidas; el 24 de octubre de cada año, aniversario, de la entrada en vigor de la Carta de la Organización, y;
Que por Resolución número 314, aprobada en su XI período de sesiones, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas pidió a los Estados Miembros que estimulen la difusión, dentro de sus respectivos territorios, de información sobre los propósitos, principios y actividades de la Organización y de sus Organismos Especializados;
Artículo 1
Artículo primero . El Gobierno de Colombia se asocia oficialmente a la conmemoración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre del año en curso.
Artículo 2
Artículo segundo . Las autoridades nacionales, departamentales y municipales organizarán, de común acuerdo con el Comité Colombiano de Colaboración con las Naciones Unidas, los actos y programas que se consideren adecuados para la celebración de la fecha aniversario mencionado.
A este efecto, el Ministerio de Educación Nacional transmitirá a las Direcciones Departamentales de Educación Pública, a las Intendencias y Comisarías, y a las Universidades y establecimientos oficiales de educación, el texto del presente Decreto, a fin de que en sus respectivas jurisdicciones se preste la más amplia colaboración en los actos que sean programados para la conmemoración del Día de las Naciones Unidas. Comuníquese y publíquese.