El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, v en especial de las que le confieren los Decretos números 323 de 1952 y 1500 de 1953
Artículo 1
Artículo primero. Suprímese el cargo de Abogado Auxiliar de la Sección Jurídica del Ministerio de Salud Pública.
Artículo 2
Trasládase al doctor Daniel Gutiérrez Portocarrero, de Abogado Auxiliar de la Sección Jurídica, al de Subjefe de la misma Sección.
Artículo 3
Artículo tercero. Trasládase al doctor Daniel Gutiérrez Portocarrero, de Abogado Auxiliar de la Sección Jurídica, al de Subjefe de la misma Sección.
Parágrafo
Autorízase al Ministerio de Salud Pública para que haga los traslados correspondientes para dar cumplimiento al presente Decreto. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud Pública