Micelio

decreto 2722 de 1974

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1974, Con La Cantidad De Tres Millones De Pesos ($ 3

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 36 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS CAPITULO XIII Recursos del Crédito. a) Recursos del Crédito Interno. Numeral 124. Emisión Pagarés Semestrales de Emergencia Económica $ 3.000.000 Suma el recurso $ 3.000.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974. Presupuesto de Inversión. CAPITULO 510 Departamento Administrativo del Servicio Civil. Programa 510. Bienestar Social. Pagarés Semestrales de Emergencia Económica. 594 440. Artículo 5102-B. Construcción, dotación y funcionamiento del Club de Empleados Oficiales "El Salitre" $ 3.000.000 Suma el crédito adicional $ 3.000.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público