en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 2º del artículo 118, en concordancia con el 68 de la Constitución Política
Artículo 1Durante El Período De Sesiones Extraordinarias A Que Se Refiere El Decreto 625 De 1985, El Congreso Se Ocupará, Además De Los Proyectos De Ley Relacionados En El Artículo Segundo Del Mencionado Decreto, De Los Siguientes: A) "por La Cual Se Crea El Fondo De Garantías De Instituciones Financieras, Se Determina Su Estructura Y Se Dictan Otras Disposiciones"
º Durante el período de sesiones extraordinarias a que se refiere el Decreto 625 de 1985, el Congreso se ocupará, además de los proyectos de ley relacionados en el artículo segundo del mencionado decreto, de los siguientes: a) "Por la cual se crea el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, se determina su estructura y se dictan otras disposiciones". b) Número 122 de 1984, Senado. "Por la cual el Congreso y la Nación colombianos rinden homenaje a la memoria del eximio hombre público Fabio Lozano Simonelli y se dictan otras disposiciones".
Artículo 2Derógase El Artículo 3º Del Decreto 625 De 1985
º Derógase el artículo 3º del Decreto 625 de 1985.
Artículo 3Este Decreto Rige Desde Su Expedición
º Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquesey cúmplase.