DecretoDerogado
Decreto 976 de 1934
Por el cual se aumenta el fondo rotativo de la sección de provisiones
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Auméntase El Fondo Rotativo De La Sección De Provisiones, Que Actualmente Es De $ 500,000, Según El Artículo 12 Del Decreto Número 518 Bis De 1931, Hasta La Cuantía En Que Alcancen A Acrecentarlo Las Cuentas De Cobro Que Dicha Sección Tiene A Cargo De Varios Ministerios Y Departamentos Administrativos, Y Que Al Hacerlas Efectivas Excederían La Cantidad Antes Citada, Pasando A Fondos Comunes2Autorizase A L Director De La Sección De Provisiones Para Que Aumente A $50,000 El Fondo Rotativo Que Puede Mantener A Su Disposición En Cada Uno De Los Consulados Generales Del País En Londres Y Nueva York, Bajo La Responsabilidad De Los Respectivos Cónsules
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Enrique Olaya HerreraPresidente de la República
- Gabriel TurbayEl Ministro de Gobierno
- Pedro M. CarreñoEl Ministro, de Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores · encargado
- Esteban JaramilloEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Francisco José ChauxEl Ministro de. Industrias
- Alberto PumarejoEl Ministro de Correos y Telégrafos