Micelio

decreto 2756 de 2003

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El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y la Ley 87 de 1993

Artículo 1

El artículo 20 del Decreto 2145 de 1999, quedará así: "Artículo 20. Nombramiento de los jefes de Control Interno. La provisión de los cargos de jefe de Control Interno o quien haga sus veces de las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional se efectuará por el representante legal o máximo directivo del organismo respectivo, según sea su competencia y de acuerdo con lo establecido en las disposiciones propias de cada entidad".

Artículo 2º

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública