en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Notariado y Registro, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 y 97 del Decreto 1227 de 2005, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo
Considerando · 3 motivos
Que la Superintendencia de Notariado y Registro, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 y 97 del Decreto 1227 de 2005, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo;
Que para los fines de este decreto la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal;
Que el Consejo Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro, en sesión de 19 de diciembre de 2006, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la presente modificación de la planta de personal;
Artículo 1Suprímase El Siguiente Cargo De La Planta De Personal De La Superintendencia De Notariado Y Registro: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Planta Global 1 (Uno) Secretario General 0037 19
°. Suprímase el siguiente cargo de la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro: N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Planta Global 1 (uno) Secretario General 0037 19
Artículo 2Créanse Los Siguientes Cargos En La Planta Global De Personal De La Superintendencia De Notariado Y Registro: No
°. Créanse los siguientes cargos en la planta global de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro: No. de cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado Planta Global 2 (dos) Superintendente Delegado 0110 23 1 (uno) Secretario General 0037 22
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Decreto 303 De 2004
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 303 de 2004.