en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los artículos 16 de la Ley 29 de 1973 y 130 del Decreto -ley 960 de 1970 y oída la propuesta de la Superintendencia de Notariado y Registro, y CONSIDERANDO QUE: El artículo 309 de la Constitución Nacional erigió en Departamento a la Intendencia del Casanare, lo que unido al estudio efectuado por la Superintendencia de Notariado y Registro, donde se estableció un incremento en los volúmenes de escrituración, al crecimiento de la población, el notorio pr
Artículo 1° Modifícase La Categoría Del Círculo Notarial De Yopal, Departamento Del Casanare, El Cual Se Clasificará Como De Primera Categoría
° Modifícase la categoría del Círculo Notarial de Yopal, Departamento del Casanare, el cual se clasificará como de Primera Categoría.
Artículo 2° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.