en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República
Artículo 1
Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de doce millones quinientos mil pesos ($ 12.500.000.00) moneda corriente, que se incorpora con imputación a los siguientes numerales: RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO Numeral 116. Superávit fiscal de la vigencia de 1954 $ 3.125.000.00 RECURSOS DEL CREDITO Numeral 116. Superávit fiscal de la vigencia de 1954 $ 3.125.000.00 Numeral 135. Producto de la emisión de 3 Pagarés con intereses al 6% anual, expedidos a favor de la "Empresa Colombiana de Aeródromos", para pagar parte del nuevo aporte de capital del Estado en dicha Empresa, y según lo dispuesto por el Decreto legislativo número 2386 de 1955 $ 9.375.000.00 Total $ 12.500.000.00
Artículo 2
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 130
Departamento Nacional de Aeronáutica Civil.
C1b VIII (a, b). Al artículo 2746-C. Para entregar a la "Empresa Colombiana de Aeródromos", a buena Cuenta de un nuevo aporte por $ 12.500.000.00 de capital del Estado en dicha Empresa, a fin de que adquiera los aeródromos de propiedad de Aerovías Nacionales de Colombia S. A. (Avianca), según lo
CAPITULO 134-B.
Departamento Nacional de Aeronáutica Civil
"Empresa Colombiana de Aeródromos".
C1bVIII (a, b). Al artículo 2819-C. Para entregar en Pagarés a la "Empresa Colombiana de Aeródromos" el saldo de un nuevo aporte por $ 12.500.00.00 de capital del Estado en dicha Empresa, a fin de que adquiera los aeródromos de propiedad de Aerovías Nacionales de Colombia S. A. (Avianca),
Artículo 2746-C
Artículo segundo. Con base en los nuevos recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales -suplemental y extraordinario- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 130 Departamento Nacional de Aeronáutica Civil. C1b VIII (a, b). Al artículo 2746-C. Para entregar a la "Empresa Colombiana de Aeródromos", a buena Cuenta de un nuevo aporte por $ 12.500.000.00 de capital del Estado en dicha Empresa, a fin de que adquiera los aeródromos de propiedad de Aerovías Nacionales de Colombia S. A. (Avianca), según lo dispuesto por el Decreto legislativo número 2386 de 1955 $ 3.125.000.00 OBRAS E INVERSIONES CON RECURSOS DEL CREDITO CAPITULO 134-B. Departamento Nacional de Aeronáutica Civil "Empresa Colombiana de Aeródromos". C1bVIII (a, b). Al artículo 2819-C. Para entregar en Pagarés a la "Empresa Colombiana de Aeródromos" el saldo de un nuevo aporte por $ 12.500.00.00 de capital del Estado en dicha Empresa, a fin de que adquiera los aeródromos de propiedad de Aerovías Nacionales de Colombia S. A. (Avianca), según lo dispuesto por el Decreto legislativo número 2386 de 1955 $ 9.375.000.00 Total $ 12.500.000.00
Artículo 3
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,