Micelio

decreto 2029 de 1943

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 1° de octubre del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado entre apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional y el de Obras Públicas, según consta en la nota número 1405, procedente de la Secretaría de dicha entidad

Artículo 1Hácese El Siguiente, Traslado En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 61

° Hácese el siguiente, traslado en el Presupuesto vigente: DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 61. Del artículo 816. Para terminación y sostenimiento de la Colonia Escolar Agrícola de Mocoa $ 8.000.00 MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 91. Al artículo 1337. Para pago de arrendamiento de locales con destino al servicio del Gobierno Nacional, en la capital da la República $ 8.000.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de. Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas