Artículo 1º
º. Adiciónase a la nomenclatura y codificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad, establecida en el artículo 7º del Decreto 596 de 1993, la siguiente denominación: AREA DE DIRECCION SUPERIOR DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO DE REMUNERACION Delegado ante comité permanente 115 21
Artículo 2º
º. Descripción de la naturaleza general de las funciones. Establécense las siguientes funciones para el empleo previsto en el artículo anterior: AREA DE DIRECCION SUPERIOR Delegado ante comité permanente. Establecer las coordinaciones y desarrollar las actividades de carácter operativo, técnico y administrativo que correspondan a la Entidad en los comités, consejos o juntas interinstitucionales conformadas para la atención de asuntos especiales de Seguridad Pública.
Artículo 3º
º. De los requisitos. Establécense los siguientes requisitos mínimos para el desempeño del empleo previsto en el artículo 1º del presente Decreto: AREA DE DIRECCION SUPERIOR Delegado ante comité permanente. 21 Título de formación profesional, título de formación avanzada o post grado, tarjeta, o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley, y dos (2) años de experiencia profesional.
Artículo 4º
º . De conformidad con el artículo 6º del Decreto 596 de 1993 el Director del Departamento Administrativo de Seguridad adicionará el Manual Específico de Funciones y requisitos a nivel de cargo.
Artículo 5º Vigencia
º Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente al Decreto 596 de 1993.