Artículo 1Confiérese La Cruz De Plata De La Orden Nacional Al Mérito A La Liga Colombiana De Radioaficionados
° Confiérese la Cruz de Plata de la Orden Nacional al Mérito a la Liga Colombiana de Radioaficionados.
Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República