Micelio

decreto 412 de 1896

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Artículo 1Del 1º De Junio Próximo Venidero En Adelante, La Vía Para La Línea Del Correo De Correspondencia Y Encomiendas Del Pacifico, En El Trayecto De Tocaima A Ibagué, Será Por El Municipio De Girardot

º Del 1º de Junio próximo venidero en adelante, la vía para la línea del correo de correspondencia y encomiendas del Pacifico, en el trayecto de Tocaima a Ibagué, será por el Municipio de Girardot.

Artículo 2Establece Una Línea Transversal De Correos, De La Directa Del Pacífico, Que Se Desprenda En Tocaima Y Pase Por Los Municipios De Jerusalen, Guataqui Y Piedras, Y Termine En Ibague

° Establece una línea transversal de Correos, de la directa del Pacífico, que se desprenda en Tocaima y pase por los Municipios de Jerusalen, Guataqui y Piedras, y termine en Ibague.

Artículo 3Autorizase Al Administrador General De Correos Nacionales Para Que Celebre Contrato Para La Conducción De Los Correos En Dicha Línea Transversal, Y Para Que Formule Los Itinerarios De Ambas Líneas

° Autorizase al Administrador General de Correos Nacionales para que celebre contrato para la conducción de los correos en dicha línea transversal, y para que formule los itinerarios de ambas líneas. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno