Micelio

decreto 3113 de 1952

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Artículo 1Concédese A Los Empleados Y Obreros De La Nación, Con Residencia En La Ciudad De Neiva, Una Prima O Bonificación Equivalente Al Cincuenta Por Ciento (50%) Del Sueldo O Jornal, De Un Mes, Que Se Liquidará Sobre El Monto De La Remuneración Correspondiente Al Mes De Noviembre Pasado, Devengada Por Los Referidos Trabajadores

° Concédese a los empleados y obreros de la Nación, con residencia en la ciudad de Neiva, una prima o bonificación equivalente al cincuenta por ciento (50%) del sueldo o jornal, de un mes, que se liquidará sobre el monto de la remuneración correspondiente al mes de noviembre pasado, devengada por los referidos trabajadores.

Artículo 2Para Tener Derecho A Esta Prima Se Requiere Haber Servido A La Nación Un Mínimo De Tres Meses Continuos Y Estar Trabajando En La Ciudad De Neiva, En La Primera Quincena Del Mes De Diciembre En Curso

° para tener derecho a esta prima se requiere haber servido a la Nación un mínimo de tres meses continuos y estar trabajando en la ciudad de Neiva, en la primera quincena del mes de diciembre en curso.

Artículo 3Las Entidades Oficiales O Semi-Oficiales Que Manejen Autónomamente Su Presupuesto Atenderán Al Pago De La Prima Con Cargo A! Sus Respectivos, Fondos, En Los Términos Y Condiciones De La Presente Providencia

° Las entidades oficiales o semi-oficiales que manejen autónomamente su presupuesto atenderán al pago de la prima con cargo a! sus respectivos, fondos, en los términos y condiciones de la presente providencia.

Artículo 4El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Queda Ampliamente Facultado Para Abrir El Crédito Correspondiente A Fin De Dar Cumplimiento A Lo Dispuesto En El Artículo 19 Del Presente Decreto

° El Ministerio de Hacienda y Crédito Público queda ampliamente facultado para abrir el crédito correspondiente a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19 del presente Decreto. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas