Micelio

decreto 2429 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional

Artículo 1La Suma A Que Hace Referencia El Decreto Número 3847 De 1949 Y Las Sumas Que Se Recaudaron Entre Empleados Oficiales De La República Con Destino A Auxiliar A Los Damnificados Por La Catástrofe Ocurrida En Agosto Del Año Pasado En La Región De Ambato (Ecuador), Serán Puestas A Disposición Del Gobierno Del Ecuador Por Conducto De Nuestra Embajada En Quito

Articulo 1° La suma a que hace referencia el Decreto número 3847 de 1949 y las sumas que se recaudaron entre empleados oficiales de la República con destino a auxiliar a los damnificados por la catástrofe ocurrida en agosto del año pasado en la región de Ambato (Ecuador), serán puestas a disposición del Gobierno del Ecuador por conducto de nuestra Embajada en Quito.

Artículo 2En Esta Forma Queda Modificado El Decreto Número 3847 De 1949 (Diciembre 5), "por El Cual Se Asocia La Nación Colombiana Al Duelo De La República Del Ecuador Y Se Decreta Un Auxilio Extraordinario Con Destino A Los Damnificados Por La Catástrofe Del Mes De Agosto Del Año En Curso"

Articulo 2° En esta forma queda modificado el Decreto número 3847 de 1949 (diciembre 5), "por el cual se asocia la Nación Colombiana al duelo de la República del Ecuador y se decreta un auxilio extraordinario con destino a los damnificados por la catástrofe del mes de agosto del año en curso".

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Comercio de Industrias
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas