Artículo 1Apruébase La Resolución 031 De 1975 Del Consejo Directivo De Comercio Exterior, Cuyo Texto Dice: Resolucion Numero 031 De 1975 "por La Cual Se Crea Una Prima Técnica" El Consejo Directivo De Comercio Exterior En Uso De Sus Facultades Legales Y Especialmente De Las Que Le Confiere El Artículo 10 Del Decreto 2554 De 1973, Y Considerando: Que El Consejo Superior Del Servicio Civil Emitió Concepto Favorable Para La Creación De Prima Técnica Para El Cargo De Jefe De La División De Política Económica De La Subdirección De Integración Económica Del Instituto Colombiano De Comercio Exterior "incomex", Según Comunicación Número 14419 Del 13 De Mayo De 1975
° Apruébase la Resolución 031 de 1975 del Consejo Directivo de Comercio Exterior, cuyo texto dice: RESOLUCION NUMERO 031 DE 1975 "Por la cual se crea una Prima Técnica" El Consejo Directivo de Comercio Exterior en uso de sus facultades legales y especialmente de las que le confiere el artículo 10 del Decreto 2554 de 1973, y considerando: Que el Consejo Superior del Servicio Civil emitió concepto favorable para la creación de Prima Técnica para el cargo de Jefe de la División de Política Económica de la Subdirección de Integración Económica del Instituto Colombiano de Comercio Exterior "INCOMEX", según comunicación número 14419 del 13 de mayo de 1975. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto número 2554 de 1973, los cargos susceptibles de Prima Técnica deben determinarse por resolución del Consejo Directivo de Comercio Exterior, la cual debe ser aprobada por el Gobierno Nacional. resuelve:
Artículo 1Crear Prima Técnica Para El Cargo De Jefe De La División De Política Económica De La Subdirección De Integración Económica Del Instituto Colombiano De Comercio Exterior "incomex"
° Crear Prima Técnica para el cargo de Jefe de la División de Política Económica de la Subdirección de Integración Económica del Instituto Colombiano de Comercio Exterior "INCOMEX".
Artículo 2La Presente Resolución Requiere, Para Su Vigencia, De La Aprobación Del Gobierno Nacional
° La presente Resolución requiere, para su vigencia, de la aprobación del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.