Micelio

decreto 1019 de 1959

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Artículo 1

Artículo primero. Apruébase el plan de construcciones escolares elaborado por la Secretaría de Obras Públicas del Departamento del Cauca, y revisado por la Sección de Arquitectura Escolar de la Oficina de Planeación del Ministerio de Educación, así: Santander. Escuela Urbana de Niños Centenario, cuatro aulas. Escuela Urbana de Niñas, tres aulas. En diversas veredas, veintiocho aulas. Buenosaires. Escuela Urbana de Varones, tres aulas. Escuela Urbana de Niñas, tres aulas. En diversas escuelas rurales, 18 aulas. Morales. Escuela Urbana de Varones, cinco aulas. Escuela Urbana de Niñas, un aula. En diversas veredas, seis aulas. Silvia. Escuela Urbana de Varones, dos aulas. Escuela Urbana de Niñas, techos. Escuela Barrio Caloto, dos aulas. Escuela Hogar, dos aulas. Escuela Rural Alternada Miraflores, un aula. Construcción de seis aulas en la Ovejera, Quisgó, Pitayó, Camajó, Quichayay y Chimás, una en cada una. Caldono. Escuela Urbana de Varones, cinco aulas. Escuela Pueblonuevo, cuatro aulas. Escuela Varones Pescador, un aula. Cerroalto, cuatro aulas. La Aguada, construcción una escuela rural. Campoalegre, un aula. La Buitrera y el Crucero, nuevas aulas. Totoró. Escuela de Varones, cuatro aulas. Escuela Indígena, cuatro aulas. Buenavista, Jebalá, Polindara y El Hatico, cuatro aulas. Jambaló. Escuela de Varones, cuatro aulas. Escuela de Niñas, cuatro aulas. Las de Ipiecueto, Lomarredonda y La María, Zumbico y aletón, construcción aulas. Popayán. Escuela Rural Santa Rosa, un aula, habitación, cocina. Ríohondo, un aula, habitación, cocina. Los cerrillos, un aula, cocina. Pueblillo, un aula Las Mercedes, un aula. San Rafael, un aula. La Tetilla, dos aulas. Puracé. Escuela kilómetro 48, un aula, habitación, cocina. Santa Leticia, Escuela de Niñas, dos aulas. Chichiguará, un aula, habitación, cocina. Escuela Urbana Varones, tres aulas. Coconuco, Varones, un aula. Coconuco, Niñas, dos aulas. Cajibío. Escuela Urbana Varones, cuatro aulas. Escuela Urbana Niñas, dos aulas, habitaciones. La Cochetera, un aula, habitación, cocina. Casasbajas, dos aulas, habitación, cocina. Altomojibío, un aula. El Rosario, Escuela Rural de Varones, dos aulas. El Rosario, Escuela Rural de Niñas, un aula, habitación, cocina. El Carmelo, Rural de Niñas, un aula. Campoalegre, un aula, habitación, cocina. Tunía. Piendamó, Urbana de Varones, cuatro aulas, habitación. Urbana de Niñas, dos aulas. Población Tunía, Escuelas Niñas, un aula. Corrales, Los Arados. Timbío. Edificio Escuela Párvulos, tres aulas. Escuela Urbana Niñas, dos aulas. Guacas, dos aulas, habitación, cocina. Las Cruces, Escuela Varones, dos aulas, habitación, cocina. Camposanto, dos alas, habitación, cocina. Urumbamba, dos aulas, habitación, cocina. El Hato, dos aulas, habitación, cocina. El Tambo. Escuela Urbana de Niñas, nueve aulas, habitaciones. Escuela Urbana de Varones, dos aulas. El Salero, cocina, habitación. La Depresión, cocina, habitación. Los Robles, un aula. Sotará. Paispamba, Escuela Urbana de Varones, un aula. Escuela Urbana de Niñas, un aula. Ríoblanco, Escuela Niñas, tres aulas. Puebloquemado, Escuela Varones, un aula. Puebloquemado, Escuela Niñas, un aula.. Chiribío, un aula. El Cabuyal, un aula. Rosas. Escuela Urbana Varones, dos aulas. Párraga, Escuela Varones, tres aulas. Lomagrande, un aula, habitación. Alfonso Córdoba, un local. Bolívar. Escuela Varones, seis aulas. Escuela Niñas, dos aulas. Los Milagros, Escuela de Niñas, cuatro aulas. El Carmen, Escuela de Niñas, cuatro aulas. San Juan, Escuela de Varones, cuatro aulas. Capellanías, cuatro aulas, Escuela de Varones. Guachicono, Escuela Alternada, dos aulas. Ríonegro, Escuela Alternada, dos aulas. Patía. El Estrecho, Escuela de Varones, cuatro aulas. Sachamates, dos aulas. Capitanes, dos aulas. Olaya, dos aulas. Mercaderes. Escuela Urbana de Varones, dos aulas. Florencia, Escuela de Niñas, cuatro aulas. Arboleda, Escuela de Varones, cuatro aulas. Arboleda, Escuela de Niñas, cuatro aulas. Los Arboles, dos aulas. El Hato, dos aulas. Almaguer. Escuela Urbana de Varones, tres aulas. Escuela Urbana de Niñas, terminación. El Tablón, Escuela Rural Varones, dos aulas. El Tablón, Escuela Rural Niñas, dos aulas. Guayacundo, construcción local Escuela Alternada, habitación. Llacuanas. Construcción Escuela Alternada. Palizada, construcción local Escuela Alternada. San Miguel, construcción local Escuela Alternada. Caquiona, ampliación Escuela Varones. La Herradura, Escuela Varones, ampliación. La Herradura, Escuela Niñas, ampliación. La Vega. Escuela Urbana de Varones, dos aulas. Normal Rural Varones, dos aulas. Escuela Urbana Niñas, dos aulas. Guachicono, Escuela Varones, un aula. Guachicono, Escuela de Niñas, un aula. Pancitara, Escuela de Varones. Santa Juana, un aula. El Palmar, un aula. Arbela, Betulia, Barbillas, Diviso, cuatro aulas. San Sebastián. Escuela de Varones, un aula. Escuela Urbana de Niñas, dos aulas. Escuela Alternada de Valencia, un aula. El Porvenir, Escuela Alternada, dos aulas. Guiapi. Escuelas Urbanas, diez y ocho aulas. Escuelas Rurales, cincuenta y seis aulas. Caloto. Escuela Urbana de Niñas, dos aulas. Caponera, Escuela de Varones, un aula. Caponera, Escuela de Niñas, un aula. Guachené, Escuela de Varones, dos aulas. Guachené. Escuela de Niñas, dos aulas. San Jacinto, Escuela Alternada, un aula. San Antonio, dos aulas. Corinto. Las Cosechas, dos aulas. Padilla, Escuela de Varones, dos alas. Las Huacas, terminación de la Escuela Alternada. Los Andes, Escuela Alternada, dos aulas. Pueblonuevo, Escuela Alternada, un aula, habitación. El Tetillo, un aula, habitación. Miranda. Escuela Urbana de Niñas, un aula, habitación. Santana, Escuela Varones, construcción. Tierradura, Alternada, construcción. La Munda, escuela de Varones, construcción. Tulipán, Escuela Alternada, construcción. Toribío Escuela Urbana de Varones, dos aulas. Natala, un aula, habitación. La Tolda, un aula, habitación. Santodomingo, dos aulas, habitación. El Barrial, Escuela Alternada.

Artículo 2

De la partida apropiada en el Capítulo 396, artículo 3069 del Presupuesto Nacional vigente, hácese la siguiente distribución parcial.

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Artículo 3069Del Presupuesto Nacional Vigente, Hácese La Siguiente Distribución Parcial

Artículo segundo. De la partida apropiada en el Capítulo 396, artículo 3069 del Presupuesto Nacional vigente, hácese la siguiente distribución parcial. Ordinal 1° Para construcción de las Escuelas Primarias determinadas en el artículo anterior, según planos y proyectos aprobados ya por la Sección de Arquitectura Escolar del Ministerio de Educación. $ 580.000.00 __________ Total $ 580.000.00 __________

Artículo 3

Artículo tercero. La suma distribuída en el artículo segundo del presente Decreto, será girada al Tesorero Departamental del departamento del Cauca.

Artículo 4

Artículo cuarto. Delégase a la Gobernación del Cauca la ejecución de las obras de construcción, reparaciones, adiciones y mejoras de los locales destinados a las Escuelas Primarias de ese Departamento. Comuníquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional