en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión, que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito
Considerando · 4 motivos
Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión, que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa;
Que por medio de la Resolución ejecutiva número 277 de 1969, el Gobierno Nacional declaró sobrante y disponible para ser contracreditada la cantidad de $ 250.0000.00, en el presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia, con el objeto de destinar el recurso para, financiar la Casa de Observación "El Redentor", en la ciudad de Bogotá:;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 37 de 1969, por $ 250.000.00, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácese El Siguiente Contracrédito En El Presupuesto De Gastos Para-La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Inversión Ministerio De Justicia
° Hácese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos para-la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de inversión Ministerio de Justicia. CAPITULO 525 Secretaría General Programa. 562 Protección de Menores 565. 136. Artículo 5424. Cundinamarca $. 250.000.00 Proyecto 1. Bogotá. Centro de Recepción de Niñas 250.000.00 Suma el contracrédito $ 250.000.00
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Inversión Ministerio De Justicia Capitulo 525 Secretaría General Programa 562 Protección De Menores 565
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de Inversión Ministerio de Justicia CAPITULO 525 Secretaría General Programa 562 Protección de Menores 565. 136. ArtÍculo 5424..Cundinamarca 250.000.00 Proyecto 3 Bogotá. Casa de Observación "El Redentor". Unidad. Siquiátrica 250.000.00 Suma el crédito 250.000.00
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.