Micelio

decreto 2718 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Considerando · 4 motivos

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que el inciso 5° del artículo 60 de la Constitución establece que corresponde al Contralor General "proveer los empleos de su dependencia creados por la ley";

Que no habiendo fijado la ley los empleos y las asignaciones del Departamento de Contraloría, el Contralor General ha venido fijando los empleos y señalando las asignaciones con cargo a las partidas asignadas en cada Presupuesto anual, conforme a la previsto en el artículo 5° del Decreto legislativo número 911 de 1932, y;

Que es conveniente darle cumplimiento a la norma constitucional;

Artículo 1Las Resoluciones Que Dicte El Contralor General De La República Sobre Creación De Cargos, Fijación O Modificación De Asignaciones O Funciones, Requerirán La Aprobación Previa Del Gobierno Nacional

° Las resoluciones que dicte el Contralor General de la República sobre creación de cargos, fijación o modificación de asignaciones o funciones, requerirán la aprobación previa del Gobierno Nacional.

Artículo 2Es Aplicable Para La Contrataría General De La República El Decreto 2448 Del Corriente Año

° Es aplicable para la Contrataría General de la República el Decreto 2448 del corriente año.

Artículo 3Quedan Suspendidas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Rige Desde Su Fecha

Articulo 3° Quedan suspendidas las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganaderia
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas