Micelio

decreto 567 de 2008

4 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963

Artículo 1

º . Créase el Consulado de Colombia en Palma de Mallorca, Islas Baleares, España, con circunscripción en las Islas Baleares de Mallorca, Menorca, Cabrera, Ibiza y Formentera.

Artículo 2

º . Créase el Consulado de Colombia en Las Palmas de Gran Canaria, Islas Canarias, España, con circunscripción en las Provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.

Artículo 3

º . Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública