en ejercicio de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 8° de la Ley de 1958
Artículo 1
La partida global votada para sueldos del personal del Instituto de Formación de Supervisores Escolares, dependiente de la División de Normales, dependiente de la División de Normales Superiores y Educación Primaria, creado por Decreto número 0208 del 6 de septiembre de 1957, en la ciudad de Bogotá, se distribuye así:
Artículo 4112Mensual Total Doce Meses, Enero A Diciembre: Mecanotaquígrafa Iii $ 470
Artículo primero. La partida global votada para sueldos del personal del Instituto de Formación de Supervisores Escolares, dependiente de la División de Normales, dependiente de la División de Normales Superiores y Educación Primaria, creado por Decreto número 0208 del 6 de septiembre de 1957, en la ciudad de Bogotá, se distribuye así: Capítulo 388. Artículo 4112. Mensual Total Doce meses, enero a diciembre: Mecanotaquígrafa III $ 470.00 5.640.00 Ocho meses, abril a diciembre: Subdirector 1.000.00 8.000.00 Nueve meses, abril a diciembre: Para pago de Profesorado externo, a $15.00 la hora 1.500.00 13.500.00 Para pago de conferenciantes 300.00 2.700.00 $ 29.840.00
Artículo 2
Artículo segundo. La suma distribuída en el artículo anterior será girada al Pagador del Ministerio de Educación Nacional. Comuníquese y publíquese.