El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
La partida votada en el artículo 262, capítulo 48 de la Ley de Apropiaciones vigente, se distribuye así:
Liceo Nacional Femenino.
Artículo 262, Capítulo 48 De La Ley De Apropiaciones Vigente, Se Distribuye Así: Liceo Nacional Femenino
Artículo único. La partida votada en el artículo 262, capítulo 48 de la Ley de Apropiaciones vigente, se distribuye así: Liceo Nacional Femenino. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional