El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1538 del 17 de mayo de 2004, por medio del cual se reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias
Artículo 1Derógase El Decreto 21 Del 12 De Enero De 2002 Por Medio Del Cual Se Creó El Consulado De Ad Honórem De Colombia En La Ciudad De Mónaco, Principado De Mónaco Y Se Nombró Al Señor Fulvio María Ballabio En El Cargo De Cónsul Ad Honórem De Colombia En La Ciudad De Mónaco
°. Derógase el Decreto 21 del 12 de enero de 2002 por medio del cual se creó el Consulado de ad honórem de Colombia en la ciudad de Mónaco, Principado de Mónaco y se nombró al señor Fulvio María Ballabio en el cargo de Cónsul ad honórem de Colombia en la ciudad de Mónaco.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1538 del 17 de mayo de 2004, por medio del cual se reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias
La Ministra de Relaciones Exteriores