Micelio

decreto 1332 de 1926

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Desde La Fecha Del Presente Decreto, Quedan Suprimidos Los Puestos De Ayudante De Mecánica En Los Talleres Y De Inspector De Línea A La Isla En La Sección De Explotación Del Ferrocarril Central Del Norte

° Desde la fecha del presente Decreto, quedan suprimidos los puestos de Ayudante de mecánica en los talleres y de Inspector de línea a La Isla en la sección de explotación del ferrocarril central del Norte.

Artículo 2Créase El Puesto De Revisor De Cuentas De Almacén, Encargado De Llevar El Libro De Movimiento De Tiquetes Y Útiles De Escritorio, Con La Asignación De $ 150 Mensuales

° Créase el puesto de Revisor de Cuentas de Almacén, encargado de llevar el libro de movimiento de tiquetes y útiles de escritorio, con la asignación de $ 150 mensuales. Este empleado, además de las anteriores funciones y de las que le señale la Gerencia de la empresa, tendrá también las de Habilitado Pagador de la obra de la nueva estación de Zipaquirá y deberá prestar fianza de acuerdo con la cuantía que fije la Gerencia y a satisfacción de la misma.

Artículo 3Nómbrase Para Desempeñar El Puesto A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Al Señor Enrique Umaña U

° Nómbrase para desempeñar el puesto a que se refiere el artículo anterior, al señor Enrique Umaña U. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas