Micelio

decreto 1173 de 1987

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978

Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 0008 De Abril 9 De 1986, Emanado De La Junta Directiva Del Fondo Rotatorio Del Ejército, Cuyo Texto Es El Siguiente: «acuerdo Numero 0008 De 1986 (Abril 9) Por El Cual Se Adiciona La Planta De Personal Del Fondo Rotatorio Del Ejército

º. Apruébase el Acuerdo número 0008 de abril 9 de 1986, emanado de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ejército, cuyo texto es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 0008 DE 1986 (abril 9) por el cual se adiciona la planta de personal del Fondo Rotatorio del Ejército. La Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ejército, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que por Acuerdo número 0001 del 15 de enero de 1986, aprobado por Decreto número 547 del 17 de febrero de 1986, se crearon las Seccionales Puerto Berrío y Florencia del Fondo Rotatorio del Ejército y se determinaron sus funciones. Que se hace necesario dotar a las Seccionales Puerto Berrío y Florencia de planta de personal de empleados públicos, ACUERDA:

Artículo 1Créanse Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal Del Fondo Rotatorio Del Ejército

° Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Fondo Rotatorio del Ejército. No. de cargos Dependencia y Denominación del cargo Código Grado Seccional Puerto Berrío 1 Director Seccional 2095 05 2 Almacenista 5080 09 1 Supervisor 5105 05 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 3 Ayudante de Oficina 5155 05 2 Mecanógrafo 5180 04 2 Cajero Auxiliar 5195 03 2 Chofer Mecánico 6010 03 1 Celador 6020 01 2 Ayudante 6025 01 2 Operario 6030 01 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01 Seccional Florencia 1 Director Seccional 2095 05 1 Profesional Universitario 3020 04 2 Almacenista 5080 09 1 Supervisor 5105 05 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 3 Ayudante de Oficina 5155 05 2 Mecanógrafo 5180 04 2 Cajero Auxiliar 5195 03 2 Chofer Mecánico 6010 03 1 Celador 6020 01 2 Ayudante 6025 01 2 Operario 6030 01 1 Auxiliar Servicios Generales 6035 01

Artículo 2El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Requiere Para Su Validez La Aprobación Por Decreto Del Gobierno Nacional

° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y requiere para su validez la aprobación por Decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil