Micelio

decreto 3109 de 2002

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 14 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Caro y Cuervo, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto expedido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional d

Considerando · 2 motivos

Que el Instituto Caro y Cuervo, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto expedido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Que el Consejo Directivo del Instituto Caro y Cuervo, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos vacantes de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 05 de octubre 22 de 2002;

Artículo 1Suprímanse De La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Instituto Caro Y Cuervo, Aprobada Mediante Decreto 3523 De 1980, Los Siguientes Cargos Vacantes: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Unidad Cientifica Y De Investigacion 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06 Unidad Docente 1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 03 1 (Un) Conductor Mecánico 5310 06 Departamento De Biblioteca 1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 03 1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 05 Sindicatura 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06 Seccion Bienes Y Servicios Generales 1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 05 1 (Un) Conductor Mecánico 5310 06 1 (Un) Celador 5320 03 1 (Un) Celador 5320 06 1 (Un) Operario 5330 05 1 (Un) Ayudante 5325 05 2 (Dos) Ayudante 5325 01 Seccion De Publicaciones 1 (Uno) Operario 5330 05 2 (Dos) Ayudante 5325 05 3 (Tres) Operario 5330 03 5 (Cinco) Auxiliar Servicios Generales 5335 03 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06

°. Suprímanse de la Planta de Personal de empleados públicos del Instituto Caro y Cuervo, aprobada mediante Decreto 3523 de 1980, los siguientes cargos vacantes: N° de Cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado UNIDAD CIENTIFICA Y DE INVESTIGACION 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06 UNIDAD DOCENTE 1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 03 1 (Un) Conductor Mecánico 5310 06 DEPARTAMENTO DE BIBLIOTECA 1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 03 1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 05 SINDICATURA 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06 SECCION BIENES Y SERVICIOS GENERALES 1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 05 1 (Un) Conductor Mecánico 5310 06 1 (Un) Celador 5320 03 1 (Un) Celador 5320 06 1 (Un) Operario 5330 05 1 (Un) Ayudante 5325 05 2 (Dos) Ayudante 5325 01 SECCION DE PUBLICACIONES 1 (Uno) Operario 5330 05 2 (Dos) Ayudante 5325 05 3 (Tres) Operario 5330 03 5 (Cinco) Auxiliar Servicios Generales 5335 03 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06

Artículo 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 3523 de 1980 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 14 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito público
La Ministra de Educación Nacional
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública