Micelio

decreto 2717 de 1956

3 artículos · lectura continua

Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

FUERZAS DE POLICIA

CAPITULO 182

Sección de Sanidad y Asistencia.

CAPITULO 180

Comando.

CAPITULO 182

Sección de Sanidad y Asistencia.

Artículo 1809Para Pagar Los Sueldos Del Personal De La Sección De Sanidad, Y De Enfermos De Lepra En El Año $ 63

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: FUERZAS DE POLICIA CAPITULO 182 Sección de Sanidad y Asistencia. 001. Del artículo 1809. Para pagar los sueldos del personal de la Sección de Sanidad, y de enfermos de lepra en el año $ 63.800.00 Suman los contracréditos $ 63.800.09 CAPITULO 180 Comando. 001. Al artículo 1800 Para sueldos del personal del Comando de las Fuerzas de Policía, Organismos Especiales, Servicios Administrativas, y Estado Mayor, en el año $ 10.000.00 001. Al artículo 1801. Para sueldos del personal de las dependencias citadas, causados en años anteriores, pendientes de pago 7.500.00 001. Al artículo 1802. Para el pago de Primas de Actividad, de Alojamiento, Profesional, de Matrimonio y de Servicio, en los términos de la ley, en la presente vigencia y anteriores 10.500.00 001. Al artículo 1806 Para sueldos del personal de la Sección de Presupuesto, Contabilidad y Control de las Fuerzas de Policía y sus dependencias, en el año 8.000.00 001. Al artículo 1807. Para el pago de la Prima de Alojamiento al personal de empleados dé la Sección citada, en los términos de la ley, en la presente vigencia y anteriores 7.800.00 CAPITULO 182 Sección de Sanidad y Asistencia. 001. Al artículo 1810. Para el pago de Primas de Actividad, de Alojamiento, Profesional, de Matrimonio y de Servicio, en los términos de la ley, en la presente vigencia y anteriores 14.000.00 Suman los créditos $ 63.800.00

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comunicaciones, encargado del Despacho de Guerra