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decreto 1661 de 1996

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978

Artículo 1Apruébase En Todas Y Cada Una De Sus Partes El Acuerdo 039 Del 4 De Octubre De 1995, Expedido Por El Consejo Directivo Del Instituto Técnico Central, Sobre Modificación De La Planta De Personal Administrativo De Esa Institución, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo 039 De 1995 (Octubre 4) Por El Cual Se Modifica La Planta De Personal Del Instituto Técnico Central

º. Apruébase en todas y cada una de sus partes el Acuerdo 039 del 4 de octubre de 1995, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Técnico Central, sobre modificación de la Planta de Personal Administrativo de esa Institución, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO 039 DE 1995 (octubre 4) por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Técnico Central. El Consejo Directivo del Instituto Técnico Central en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas por el literal u) del artículo 15 del Acuerdo 025 de 1993 «Estatuto General», ACUERDA: Artículo 1 º . Suprímanse de la Planta de Personal del Instituto Técnico Central, los siguientes cargos: Nº de cargos Denominación del cargo Código Grado Planta globalizada 2 (dos) Profesional Universitario 3020 09 Artículo 2 º . Créanse en la Planta de Personal del Instituto Técnico Central los siguientes cargos: Nº de cargos Denominación del cargo Código Grado Despacho del rector 2 (dos) Profesional Universitario 3020 09 Artículo 3 º . El presente Acuerdo modifica en lo pertinente el Acuerdo 011 de 1993 y rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los cuatro (4) días del mes de octubre de 1995. Presidente Consejo Directivo. (Fdo.) Hno. Alberto Prada Sanmiguel . Secretaria General. Patricia Inés Ortiz Valencia.

Artículo 2º

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 698 de 1994.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Educación Nacional
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública