Micelio

decreto 3108 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional

Artículo 1

° . Autorízase a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas, para adquirir los bienes de la Sociedad "Matadero Frigorífico de Valledupar, S. A.", y para realizar todas las operaciones necesarias para el desarrollo de las actividades de dicho Matadero.

Artículo 2Queda En Estos Términos Modificado El Decreto Número 96 De 16 De Enero De 1952

°. Queda en estos términos modificado el Decreto número 96 de 16 de enero de 1952.

Artículo 3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de. Comunicaciones, encargado del Ministerio de Agricultura
El Ministro de Obras Públicas