Artículo 1°apruébese La Preinserta "convención Sobre La Plataforma Continental", Suscrita En Ginebra El 29 De Abril De 1958 Durante La Conferencia De Las Naciones Unidas Sobre La Plataforma Continental
°Apruébese la preinserta "Convención sobre la Plataforma Continental", suscrita en Ginebra el 29 de abril de 1958 durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Plataforma Continental.
Artículo 2° Las Disposiciones Sobre La Plataforma Continental, A Que Se Refiere La Presente Ley, Se Consideran Como Parte Integrante Del Derecho Interno Colombiano Para Todos Los Efectos Jurídicos De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 1 De La Ley 7 De 1944
° Las disposiciones sobre la Plataforma Continental, a que se refiere la presente Ley, se consideran como parte integrante del derecho interno colombiano para todos los efectos jurídicos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 7 de 1944.
Firmas
El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara