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decreto 145 de 2011

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 020 de 2010, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 020 de 7 de enero de 2011, se declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica por razón de grave calamidad pública en todo el territorio nacional hasta el 28 de enero de 2011

Considerando · 12 motivos

Que mediante el Decreto 020 de 7 de enero de 2011, se declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica por razón de grave calamidad pública en todo el territorio nacional hasta el 28 de enero de 2011;

Que de acuerdo con las motivaciones del Decreto 4580 de 2010, y con el objeto de conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, se expidieron los Decretos 4703 del 21 de diciembre de 2010, 4819, 4820, 4825, 4831 y 4832 del 29 de diciembre de 2010 y 017 de 2011, entre otros;

Que de conformidad con el Decreto 4703 de 2010, es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2011, para incluir los recursos de operaciones de crédito público, y reorientar los recursos provenientes de los fondos especiales de la Nación administrados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional;

Que de conformidad con el Decreto 4819 de 2010, se requiere incluir como sección presupuestal al Fondo Adaptación;

Que de conformidad con el artículo 2° del Decreto 4820 de 2010, se requiere adicionar el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2011, con los recursos provenientes por la enajenación de la participación accionaria de Ecopetrol S.A.

Que de conformidad con los artículos 1° y 9° del Decreto 4825 de 2010, es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2011, para incluir los ingresos y gastos obtenidos del impuesto al patrimonio y su sobretasa;

Que de conformidad con el Decreto 4831 de 2010, es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2011, para incluir los recursos del ahorro disponible del Fondo Nacional de Regalías en el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera - FAEP, para rehabilitación, reconstrucción y construcción de obras de mitigación de las zonas afectadas con la ola invernal;

Que de conformidad con el artículo 3° del Decreto 4832 de 2010, se hace necesario adicionar el presupuesto, con tos recursos correspondientes a los subsidios familiares de vivienda para la población afectada por la ola invernal;

Que con el objeto de conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, se hace necesario implementar un plan de lucha contra el contrabando integral y en particular, contra el contrabando de licores y cigarrillos, dado que las rentas derivadas del impuesto al consumo de licores y cigarrillos son una fuente importante de financiación de la salud y educación en el marco de la ola invernal. Por lo cual resulta fundamental robustecer las acciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, a través de la incorporación de recursos en el Presupuesto General de la Nación para la implementación del mencionado plan;

Que de conformidad con el Decreto 017 de 2011, por medio del cual se adoptan medidas en materia de salud con el fin de hacer frente a la emergencia invernal, en el artículo 4° se modifica transitoriamente la distribución sectorial del SGP en salud y propósito general en 0,5% a favor del primero;

Que el artículo 83 del Estatuto Orgánico de Presupuesto dispone: "Los créditos adicionales y traslados al Presupuesto General de la Nación destinados a atender gastos ocasionados por los estados de excepción, serán efectuados por el Gobierno en los términos que este señale. La fuente de gasto público será el decreto que declare el estado de excepción respectivo";

Que como consecuencia de lo anterior es indispensable modificar la Ley 1420 de 2010, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011", con el fin de atender los gastos ocasionados por las medidas requeridas para atender el estado de excepción;

Artículo 1Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital

°. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónase al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, en la suma de cinco billones seiscientos noventa y cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro millones ochocientos un mil ochocientos veintidós pesos ($5,694,254,801,822) moneda legal, según el siguiente detalle: RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN I-INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 5,674,254.801.822

1.

INGRESOS CORRIENTES DE LA NACIÓN 830,477,628,282

2.

RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN 4,321,307,173,540 6. FONDOS ESPECIALES 522,470,000,000 II-INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 20,000,000,000 131000 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES B- RECURSOS DE CAPITAL 20,000,000,000 TOTAL ADICIONES 5,694,254,801,822

Artículo 2Presupuesto De Gastos O Ley De Apropiaciones

°. Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, en la suma de cinco billones seiscientos noventa y cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro millones ochocientos un mil ochocientos veintidós pesos ($5,694,254,801,822) moneda legal, según el siguiente detalle: ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN CTA PROG SUBC SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCIÓN: 0325 FONDO NACIONAL DE REGALÍAS C PRESUPUESTO DENVERSIÓN 434,470,000,000 434,470,000,000 630 TRANSFERENCIA 434,470,000,000 434,470,000,000 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 434,470,000,000 434,470,000,000 TOTAL ADICIONES SECCIÓN 434,470,000,000 434,470,000,000 SECCIÓN: 1310 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES C PRESUPUESTO DE INVERSION 20.000.000.000 20.000.000.000 520 ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 20.000.000.000 20.000.000.000 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 20.000.000.000 20.000.000.000 TOTAL ADICIONES SECCIÓN 20,000,000,000 20,000,000,000 SECCIÓN: 1315 FONDO ADAPTACIÓN A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 10,000,000,000 10,000,000,000 C PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 1,490,000,000,000 1,490,000,000,000 630 TRANSFERENCIAS 1,490,000,000,000 1,490,000,000,000 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 1,490,000,000,000 1,490,000,000,000 TOTAL ADICIONES SECCIÓN 1,500,000,000,000 1,500,000,000, 000 SECCIÓN: 2201 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL C PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 88,000,000,000 88,000,000,000 113 MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR 88,000,000,000 88,000,000,000 703 EDUCACIÓN SECUNDARIA 88,000,000,000 88,000,000,000 TOTAL ADICIONES SECCIÓN 88,000,000,000 88,000,000,000 SECCIÓN: 3241 FONDO NACIONAL DE VIVIENDA - FONVIVIENDA C PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 151,784,801,822 151,784,801,822 620 SUBSIDIOS DIRECTOS 151,784,801,822 151,784,801,822 1402 SOLUCIONES DE VIVIENDA URBANA 151,784,801,822 151,784,801,822 TOTAL ADICIONES SECCIÓN 151,784,801,822 151,784,801,822 SECCIÓN: 3701 MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 500,000,000,000 500,000,000,000 C PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 3,000,000,000,000 3,000,000,000,000 630 TRANSFERENCIAS 3,000,000,000,000 3,000,000,000,000 1001 ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y DESASTRES 3,000,000,000,000 3,000,000,000,000 TOTAL ADICIONES SECCIÓN 3,500,000,000,000 3,500,000,000,000 TOTAL ADICIONES 5,674,254,801,822 20,000,000,000 5,694,254,801,822

Artículo 3Contracréditos Al Presupuesto De Gastos O Ley De Apropiaciones

°. Contracréditos al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Efectúanse los siguientes contracréditos en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, en la suma de cinco billones seiscientos setenta y cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro millones ochocientos un mil ochocientos veintidós pesos ($5,674,254,801,822) moneda legal, según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN CTA PROG SUBC SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCIÓN: 1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 105.755.376.599 105.755.376.599 TOTAL CONTRACRÉDITOS SECCIÓN 105.755.376.599 105.755.376.599 TOTAL CONTRACRÉDITOS 105.755.376.599 105.755.376.599

Artículo 4Créditos Al Presupuesto General De La Nación

°. Créditos al Presupuesto General de la Nación. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos en el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 2011 en la suma de ciento cinco mil setecientos cincuenta y cinco millones trescientos setenta y seis mil quinientos noventa y nueve pesos ($105.755.376.599) moneda legal, según el siguiente detalle: CRÉDITOS - PRESUPESTO GENERAL DE LA NACIÓN CTA PROG SUBC SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCIÓN: 3601 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL A PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 105.755.376.599 105.755.376.599 TOTAL CONTRACRÉDITOS SECCIÓN 105.755.376.599 105.755.376.599 TOTAL CRÉDITOS 105.755.376.599 105.755.376.599

Artículo 5Los Saldos Del Impuesto A Las Transacciones Financieras Y Del Gravamen A Los Movimientos Financieros A Que Se Refiere La Ley 608 Y El Artículo 2° De La Ley 633 De 2000 Y Sus Rendimientos, Por Un Valor De $944

°. Los saldos del impuesto a las transacciones Financieras y del Gravamen a los Movimientos Financieros a que se refiere la Ley 608 y el artículo 2° de la Ley 633 de 2000 y sus rendimientos, por un valor de $944.376.856.067,15 se destinarán para financiar apropiaciones asignadas al Ministerio del Interior y de Justicia con destino al Fondo Nacional de Calamidades

Artículo 6El Fondo Nacional De Regalías Dispondrá De La Suma De $300

°. El Fondo Nacional de Regalías dispondrá de la suma de $300.000 millones del portafolio disponible que administra el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, para rehabilitación, reconstrucción y construcción de obras de mitigación de las zonas afectadas con la ola invernal.

Artículo 7De Conformidad Con El Artículo 2° Del Decreto 4831 De 2010, El Fondo Nacional De Regalías Dispondrá De La Suma De $134

°. De conformidad con el artículo 2° del Decreto 4831 de 2010, el Fondo Nacional de Regalías dispondrá de la suma de $134.470 millones del ahorro disponible del Fondo Nacional de Regalías en el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera - FAEP, para rehabilitación, reconstrucción y construcción de obras de mitigación de las zonas afectadas con la ola invernal.

Artículo 8El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 020 de 2010, y
El Ministro del Interior y de Justicia
La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores
El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de la Protección Social
El Ministro de Minas y Energía
El Viceministro de Desarrollo Empresarial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo
La Ministra de Educación Nacional
La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
La Viceministra de Transporte, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Transporte
La Ministra de Cultura