Micelio

decreto 274 de 1923

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Artículo 1Señálase La Suma De Ochenta Y Nueve Pesos Con Setenta Y Cuatro Centavos Como Sueldo Mensual Para Cada Una De Las Directoras De Las Escuelas Primarias Nacionales Que Funcionan En Bogotá, Quedando Incluida En Esa Partida La Suma De Cuarenta Y Nueve Pesos Con Setenta Y Cuatro Centavos Para El Pago Del Arrendamiento De Cada Local,

° Señálase la suma de ochenta y nueve pesos con setenta y cuatro centavos como sueldo mensual para cada una de las Directoras de las Escuelas Primarias Nacionales que funcionan en Bogotá, quedando incluida en esa partida la suma de cuarenta y nueve pesos con setenta y cuatro centavos para el pago del arrendamiento de cada local,

Artículo 2Esta Suma Se Cobrará Por Cada Una De Las Maestras Por Medio De La Nómina Respectiva

° Esta suma se cobrará por cada una de las Maestras por medio de la nómina respectiva. presentada al Ministerio de Instrucción Pública, nómina que deberá llevar el visto bueno del Jefe de la Sección 3°, y siempre que la Escuela funcione en el local y en el barrio designados previamente por el mismo Ministerio. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública